Confirmada la condena a dos furtivos por intentar cazar un lobo en la Montaña Palentina
Confirmada la condena a dos furtivos por intentar cazar un lobo en la Montaña Palentina.
Fueron pillados por el Seprona de madrugada con un rifle con mira telescópica, un visor térmico y vestidos con ropa de caza en un coto y sin autorización.
La Audiencia Provincial de Palencia en sentencia 36/2025, de 23 de junio, ha desestimado el recurso interpuesto por los dos cazadores que fueron condenados por el Juzgado de lo Penal como autores criminalmente responsables de un delito contra la protección de la fauna, cuando intentaban cazar un lobo en Cubillo de Castrejón.
En sentencia de 8 de enero de 2025 el Juzgado de lo Penal de Palencia condenó a dos cazadores furtivos a una pena de 6 meses de multa con una cuota diaria de 12 euros, así como a la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de caza por tiempo de 2 años, para cada uno de ellos, por unos hechos ocurridos en febrero de 2021.
En aquella ocasión fueron sorprendidos de madrugada por la patrulla del Seprona de la Guardia Civil de Barruelo de Santullán portando un rifle municionado con mira telescópica, con un visor térmico y vestidos con ropa e indumentaria de caza, con la intención de abatir un lobo en el interior del coto perteneciente a la Junta Vecinal de Cubillo de Castrejón, sin autorización del titular para cazar en ese coto.
Según informa Ecologistas en Acción de Palencia en un comunicado, y a pesar de que la sentencia daba por acreditados los hechos y determinaba que las declaraciones de ambos acusados fueron incongruentes e inconsistentes, concluyendo que se estaba ejerciendo claramente una acción de caza, los furtivos presentaron recurso ante la Audiencia Provincial contra esa sentencia. Recurso que ahora ha sido desestimado en su totalidad, confirmando íntegramente lo acordado por el Juzgado de lo Penal, por tanto, los hechos probados acreditan un delito tipificado en el artículo 335.2 del Código Penal.
Además, se ha iniciado otro procedimiento contra los acusados, a petición del Ministerio Fiscal, por confeccionar y aportar a las actuaciones un documento del que podrían desprenderse indicios de haber cometido un presunto delito de falsedad en documento oficial, confirmando la sentencia que no existía en el momento de los hechos. Algo que la asociación ecologista considera adecuado por ser habitual que la mayoría de los acusados de furtivismo recurran a artimañas para su defensa, en ocasiones ilegales.
Ecologistas en Acción califica la sentencia como muy sólida y manifiestamente en favor de la protección de la biodiversidad, especialmente relevante en este sentido es lo esgrimido en el fundamento tercero al manifestar que “conviene no olvidar que la progresiva degradación de la biodiversidad, bien jurídico protegido en los arts. 334 y 335 del CP, ha puesto de manifiesto la necesidad de una actuación reforzada de los poderes públicos que, hoy por hoy, se está mostrando insuficiente”.
La asociación ecologista celebra "que la Audiencia Provincial haya consolidado una doctrina sólida en defensa del Patrimonio Natural y los valores naturales de nuestra provincia".
Fuente: Diario de Valderrueda
Fotografía: Lobo - Archivos