Piden a las Cortes que actúe para recuperar las Juntas Vecinales en varias pedanías leonesas
Piden a las Cortes que actúe para recuperar las Juntas Vecinales en varias pedanías leonesas.
UPL reclama que se modifique una Disposición de la Ley 27/2013, que prohíbe restablecer su condición de Entidad Local Menor a los pueblos que perdieron dicha condición antes del 2013.
Que las pedanías que perdieron su estatus de Entidad Local Menor puedan recuperarlo si hay voluntad de los vecinos residentes en ellas. Esa es la petición que ha registrado Unión del Pueblo Leonés (UPL) en las Cortes de Castilla y León, recordando “la importancia histórica, simbólica e identitaria de las Juntas Vecinales o Entidades Locales Menores en el territorio leonés”.
Los regionalistas leoneses reclaman que desde la comunidad autónoma se pida la reforma de la Disposición Transitoria Quinta de la Ley 27/2013, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, que actualmente impide a las localidades que perdieron su estatus de Entidad Local Menor antes de 2013 que puedan recuperarlo.
En este aspecto, los leonesistas apuntan el caso concreto de Rodillazo, en el municipio de Cármenes, cuyo ayuntamiento aprobó en 2024 informar favorablemente de la propuesta planteada por los vecinos de la pedanía, relativa a recuperar su condición de Entidad Local Menor, que perdió en 1977. Una situación que también se replica en varias localidades del municipio de Boñar.
Desde UPL recuerdan que la Ley 27/2013 establece "que tendrán personalidad jurídica y la condición de Entidad Local aquellas entidades de ámbito territorial inferior al Municipio que existiesen en el momento de la entrada en vigor de dicha Ley (es decir, el 31 de diciembre de 2013)", o bien, atendiendo a la Disposición Transitoria Quinta, "aquellos núcleos de población que hubiesen iniciado el procedimiento para su constitución como entidad de ámbito territorial inferior al Municipio antes del 1 de enero de 2013", lo que excluiría a Rodillazo, en Cármenes, y a Valdecastillo, Oville, Cerecedo, Barrio de las Ollas, La Vega de Boñar, Las Bodas, Adrados, Voznuevo, Vozmediano, Veneros, Colle, Grandoso, Felechas y Llama, en Boñar.
Por ello, los leonesistas plantean la modificación de la Disposición Transitoria Quinta de la Ley 27/2013 para permitir recuperar su estatus de Entidad Local Menor a aquellas pedanías que lo perdieron y, con ello, poder gestionar asuntos propios, ya que actualmente la legislación solo permite que estos sean directamente gestionados por el Ayuntamiento o, en todo caso, mediante un órgano territorial de gestión desconcentrada, figura no regulada en Castilla y León.
De esta manera, Unión del Pueblo Leonés plantea que, ateniéndose a lo recogido en la Ley autonómica 1/1998, la localidad de Rodillazo habría solicitado poder constituirse como Entidad Local Menor cumpliendo con los requisitos de dicha Ley, haciéndolo a instancia de los vecinos residentes en el núcleo, encomendando esta Ley a la Junta en su artículo 55 resolver el procedimiento, que ha alegado que la Ley estatal 27/2013 se lo impide.
Además, recuerdan que hay una "suerte de vacío legal" para las localidades por debajo de los municipios que no poseen el reconocimiento de Entidad Local Menor, ya que la legislación estatal impide que recuperen dicho estatus si lo perdieron antes de 2013, y a la vez habla de órganos de gestión desconcentrada de municipios, que no están regulados en la Ley de Régimen Local de Castilla y León, por lo que no existe un organismo o administración designado como competente para la aprobación de estos entes.
Por ello, UPL pide "que se dé salida a este laberinto legal para las localidades de ámbito territorial inferior al Municipio que no son actualmente Entidades Locales Menores", y con su Proposición No de Ley reclaman que se regulen los "órganos de gestión desconcentrada de municipios" en la Ley autonómica, y se modifique la Ley estatal para permitir crear nuevas entidades locales menores si hay iniciativa vecinal, planteando que la Ley 27/2013 recoja la posibilidad de que puedan recuperar su condición de Entidad Local Menor con personalidad jurídica y condición de Entidad Local aquellos núcleos de población que ya hubiesen estado reconocidos como Entidad Local Menor previamente, independientemente de cuándo hubiesen perdido dicha condición.
Fuente: Diario de Valderrueda
Fotografía: Cortes de Castilla y León