Abierto el plazo para solicitar la bonificación del Plan de Fomento del Alquiler y el Emprende Barruelo
Abierto el plazo para solicitar la bonificación del Plan de Fomento del Alquiler y el Emprende Barruelo.
Los propietarios que tengan arrendadas sus viviendas pueden beneficiarse de un 50 por ciento de bonificación y los emprendedores el 95 por ciento del IBI el primer año.
Se trata de la convocatoria correspondiente al año 2021, una vez cerrado el ejercicio.
El Ayuntamiento de Barruelo de Santullán recuerda que “los propietarios que tengan arrendadas sus viviendas, con un contrato de alquiler, de al menos un año, pueden beneficiarse de un 50 por ciento de bonificación en el recibo de la contribución”. Desde el ejecutivo local destacan que, con esta medida, “se fomenta que, algunas viviendas, que antes estaban cerradas, ahora se alquilen”. Se trata de un plan que se aprobó al inicio de la legislatura para “mover un poco más el mercado del alquiler, que estamos complementando con otros programas, como por ejemplo el Rehabitare”.
El plazo de solicitudes, para beneficiarse de esta medida, con contratos de al menos un año, se abrio el día 2 de febrero, y se podran presentar las solicitudes hasta el 28 de este mismo mes. Se trata del mismo período en el que también se deben registrar solicitudes para el programa “Emprende Barruelo”. En este caso, las empresas de reciente creación, que deban devengar el IBI, derivado de su actividad, ven bonificado el impuesto en un 95 por ciento, durante el primer año.
“Se trata de medidas, que en la medida de nuestras posibilidades, pretenden ayudar a las empresas en sus inicios, así como también, fomentar que las viviendas se alquilen, y contar con una mayor masa poblacional”, destacan desde el ejecutivo local que no descarta, otros planes a futuro, que incidan en la lucha contra la despoblación, y que ayudan entre otras cosas, “a que Barruelo de Santullán haya recuperado población”
El 24 de Enero se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Palencia los requisitos necesarios para cada plan:
Plan de Fomento del Alquiler
1- Las solicitudes se podrán presentar, por los arrendadores, entre el dos y el 28 de febrero de 2022. (Solicitud general en registro).
2- Se debe adjuntar contrato de arrendamiento, que debe ser de vigencia mínima de un año, y donde no existan lazos de consanguineidad entre arrendador y arrendatario.
3- El arrendador y el arrendatario deberán estar al corriente del pago del pago de tasas y tributos con el Excelentísimo Ayuntamiento de Barruelo de Santullán y la Mancomunidad “El Carmen”.
4- El arrendador deberá acreditar que dispone de una vivienda en régimen de alquiler, y que percibe una renta por la misma, que posteriormente se declara a Hacienda. (Declaración de la renta del año anterior).
5- No se podrá presentar más de una solicitud por arrendador.
6- La bonificación del 50 por ciento de la contribución, si se cumplen los requisitos, no podrá aplicarse durante más de tres ejercicios.
7- Si la resolución es favorable, se realizará, mediante transferencia bancaria, el abono del 50 por ciento del recibo de la contribución, correspondiente al año 2021. (Número de cuenta).
Plan Emprende Barruelo
1- Las solicitudes se podrán presentar, entre el dos y el 28 de febrero de 2022. (Solicitud general en registro).
2- Las empresas deberán tener su sede social y domicilio fiscal en Barruelo de Santullán. (Deberán acreditarlo).
3- Solo se podrán beneficiar las empresas que cumplan los requisitos, y que hayan sido constituidas entre el uno de enero y 31 de diciembre de 2021.
4- Solo podrán acogerse a la bonificación del 95 por ciento, las empresas que deban abonar el Impuesto de Bienes Inmuebles derivados de su actividad.
5- Si la resolución es favorable, la liquidación se hará mediante transferencia bancaria.
Fuente: Diario de Valderrueda
Fotografía: Barruelo - archivos
Escribe tu comentario