El Ayuntamiento de Boca de Huérgano insta a mantener inmuebles y solares en buen estado
El Ayuntamiento de Boca de Huérgano insta a mantener inmuebles y solares en buen estado.
Tras observar construcciones y fincas en mal estado, se abrirá expediente de orden de ejecución o ruina,en caso de ser necesario, para que se cumpla la normativa urbanística.
El Ayuntamiento de Boca de Huérgano ha emitido un bando en el que informa de que, tras observar en todo el municipio inmuebles y solares en mal estado, solicitará un informe a los Servicios Técnicos Municipales en base al cual se decidirá la incoación de expedientes de orden de ejecución/ruina para instar "a la realización de las obras necesarias para adaptar el inmueble a la normativa urbanística".
Esto afectaría a aquellos inmuebles que podrían requerir trabajos de implantación, conservación, reparación o ampliación de servicios urbanos/conservación, de limpieza y reforma de fachadas o espacios visibles desde la vía pública, así como solares que requieran limpieza y vallado, o espacios en los que sea necesaria la eliminación de construcciones, instalaciones y otros elementos.
Por tanto, el Consistorio avisa a los interesados que cuenten con inmuebles o solares afectados en este municipio de la Montaña Oriental Leonesa, de que tendrán un plazo de tres meses para proceder a las oportunas reparaciones. En caso contrario, "se iniciarán los pertinentes expedientes administrativos (orden de ejecución, ruina)", detallan desde el Ayuntamiento, que también recuerda que las Declaraciones Responsables para la limpieza de inmuebles o solares "estarán exentos de pago tanto de impuestos como de tasas".
Además, se advierte de la posibilidad de utilización de medios de ejecución forzosa, "su incumplimiento faculta al Ayuntamiento para acordar su ejecución subsidiaria o la imposición de multas coercitivas. Si existe riesgo inmediato para la seguridad de personas o bienes, o de deterioro del medio ambiente o del patrimonio natural y cultural, el Consistorio debe optar por la ejecución subsidiaria", aseguran en el bando.
Si se dicta propuesta de orden de ejecución/ruina, esta "deberá ser sometida al trámite de audiencia a los interesados, con carácter preceptivo, para que estos, en un plazo no inferior a diez días ni superior a quince, puedan presentar cuantas alegaciones, documentos y justificaciones estimen convenientes a su derecho".
Fuente: Diario de Valderrueda
Fotografía: Ayuntamiento de Boca de Huérgano - Archivos - DDV