Diario de Valderrueda
Despido declarado improcedente en León por falta de justificación empresarial
domingo, 15 de junio de 2025, 11:51
SOCIEDAD - EMPLEO

Despido declarado improcedente en León por falta de justificación empresarial

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Un juzgado de lo Social de León ha declarado improcedente el despido de una trabajadora del sector servicios que fue cesada alegando una supuesta disminución continuada de su rendimiento. La sentencia subraya la falta de pruebas objetivas por parte de la empresa y recuerda que cualquier decisión extintiva debe estar suficientemente motivada, especialmente cuando se trata de causas disciplinarias.

 

La afectada, con más de ocho años de antigüedad en la empresa, recibió una carta de despido en la que se señalaban diversos incumplimientos laborales relacionados con retrasos en la entrega de tareas y una presunta actitud pasiva ante sus responsabilidades. Sin embargo, en el procedimiento judicial quedó demostrado que no existían sanciones previas ni apercibimientos formales que acreditaran tales deficiencias, ni tampoco documentación que avalara una evaluación negativa de su desempeño.

 

Durante el juicio, la trabajadora estuvo representada por la abogada Carmen Bargiela, del equipo de abogados especialistas en despidos del Despacho Toro, quien defendió con contundencia que el despido carecía de base fáctica y jurídica. No se puede construir una causa disciplinaria únicamente sobre percepciones subjetivas o valoraciones genéricas; cuando una empresa adopta una medida tan grave como el despido, debe estar respaldada por hechos contrastables, argumentó durante la vista.

 

El juez ha compartido esta línea de razonamiento y ha rechazado la versión de la empresa, que no fue capaz de aportar informes, actas o comunicaciones internas que sustentaran la supuesta pérdida de rendimiento. Tampoco quedó demostrado que se hubiera ofrecido a la empleada algún tipo de acompañamiento, formación o advertencia previa, lo cual suele ser habitual en este tipo de contextos cuando realmente existe una voluntad empresarial de corregir una situación.

 

Además, el tribunal ha tenido en cuenta la especial protección que merece cualquier trabajador con una trayectoria laboral continuada y sin antecedentes disciplinarios, como era el caso. El hecho de que se produjera un despido de forma sorpresiva, sin apertura previa de expediente, sin diálogo previo y en un entorno de relaciones laborales aparentemente normalizadas, refuerza, a juicio del juzgador, la tesis de que la medida fue desproporcionada.

 

La sentencia obliga ahora a la empresa a elegir entre readmitir a la trabajadora en su puesto de trabajo, con el abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido, o abonarle la correspondiente indemnización por despido improcedente, conforme a los parámetros legales vigentes.

 

Este caso vuelve a poner sobre la mesa la necesidad de un adecuado asesoramiento jurídico, tanto para empresas como para trabajadores, en el marco de las relaciones laborales. El equilibrio entre el poder de dirección empresarial y los derechos del personal pasa, entre otras cosas, por el respeto a los procedimientos formales y a la carga de la prueba en los casos de despido.

 

Desde Toro Abogados destacan la importancia de analizar con rigor cualquier despido, ya que en muchas ocasiones las cartas contienen expresiones genéricas o justificaciones vagas que no se sostienen ante un tribunal. Un despido improcedente no solo supone un perjuicio para el trabajador, sino también un coste para la empresa que podría haberse evitado con una mejor gestión del conflicto, señala Bargiela.

 

En un entorno laboral cada vez más regulado y con crecientes garantías para el trabajador, es fundamental que las decisiones empresariales se adopten con todas las cautelas legales. La experiencia de despachos especializados permite no solo defender derechos vulnerados, sino también evitar conflictos innecesarios mediante asesoramiento preventivo y soluciones jurídicas bien estructuradas.

 

Este fallo es un ejemplo más del papel que juega la jurisdicción social en la protección de los derechos laborales y en el control de legalidad de las decisiones empresariales, especialmente cuando afectan a algo tan esencial como la continuidad en el empleo.

 

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