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La Audiencia Provincial absuelve al alcalde de Gradefes de los delitos de prevaricación y falsedad documental
jueves, 25 de abril de 2024, 22:07
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La Audiencia Provincial absuelve al alcalde de Gradefes de los delitos de prevaricación y falsedad documental

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La Audiencia Provincial de León, en sentencia 257/2021, absuelve al alcalde de Gradefes de los delitos de prevaricación y falsedad documental.

La sentencia recoge también la absolución del secretario y el arquitecto municipal del mismo Ayuntamiento leonés.


Alcalde de gradefes


La denegación de una licencia de cierre por parte del Ayuntamiento de Gradefes a unos vecinos del municipio, por entender el Consistorio que invaden un camino público, supone un calvario de 3 años para el alcalde, Amador Coque. Se trata de una denuncia, según el regidor, en la que se mezclan intereses políticos de los denunciantes, así como de los testigos. 


Entre los testigos se encuentra la anterior alcaldesa del municipio, que declara en el acto del juicio que no existía el camino, y que, en el propio juicio, le muestran un documento firmado por ella, en el que, ante una petición anterior de vallado del camino, les comunica a los denunciantes que se abstengan de cerrar el camino y la acequia de riego. 


Amador, en un comunicado, señala que "que catadura moral puede tener una persona que en sede judicial declara una cosa y en el mismo procedimiento administrativo en años anteriores firma lo contrario. O declaraciones de testigos, que el propio tribunal por el parentesco que le une con la denunciante, dice que han de tomarse con mucha cautela,  por lo que no se pueden descartar motivos espurios en su versión. Y es que la propia sentencia señala, que las decisiones realmente relevantes como la no concesión de la licencia y la incoación de expediente de recuperación de oficio del camino público, fueron adoptadas tanto por el pleno como por la Junta de Gobierno local, aunque de forma no entendible solo se denuncia al alcalde y no a los demás concejales que también votaron a favor de estos acuerdos".


Asimismo se apunta, según el comunicado enviado a Diario de Valderrueda, que las decisiones se adoptaron ante las serias y fundadas razones de la existencia de un camino público que resultaría invadido con el cerramiento de la parcela de la denunciante y para proteger, como era su obligación y estaba dentro de su competencia legal por ostentar ese cargo de naturaleza publica y democrática, un bien de titularidad publica frente a una supuesta invasión de un particular, lo que excluye de forma patente y clamorosa que se haya contravenido lo dispuesto en la legislación aplicable o la ausencia de fundamento alguno o que se hayan omitido tramites esenciales de los procedimientos o que estemos en presencia de una desviación de poder patente y en abierta contradicción con el ordenamiento jurídico y con el desprecio de los intereses generales o que decisiones adoptadas fueran, desde todo punto de vista, indefendibles.


Fotografía: Alcalde de Gradefes - archivos


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