Diario de Valderrueda
Guardo, Cervera, La Pola y Cistierna tendrán servicio presencial para la Renta 2024
miércoles, 4 de junio de 2025, 18:15
SERVICIOS - MONTAÑA LEONESA Y MONTAÑA PALENTINA

Guardo, Cervera, La Pola y Cistierna tendrán servicio presencial para la Renta 2024

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Guardo, Cervera, La Pola y Cistierna tendrán servicio presencial para la Renta 2024. 

En estos municipios de la Montaña Oriental Leonesa y Montaña Palentina se podrá contar con asesoramiento sobre las deducciones y confeccionar de la declaración. 

 

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Durante la Campaña de la Renta 2024, Guardo y Cervera de Pisuerga, en la Montaña Palentina. y La Pola de Gordón y Cistierna, en la Montaña Leonesa, contarán con el servicio presencial que ofrece la Junta de Castilla y León, en colaboración con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), para presentar la declaración. 


 El servicio que se ofrece consiste en la confección de la declaración a través del sistema Renta Web y en la presentación de la declaración en nombre de los contribuyentes que lo soliciten, en la atención de todo tipo de consultas que formulen y en informar de las 20 deducciones autonómicas propias de Castilla y León que pueden aplicar en su declaración y que están dirigidas a las familias, al medio rural, a los jóvenes, al emprendimiento, a la I+D+i, a la sostenibilidad y a la preservación del patrimonio natural y cultural de la Comunidad.

 

Los contribuyentes pueden gestionar su cita previa a través de la página web de la Agencia Tributaria, en la aplicación ‘Agencia Tributaria’ y  a través del teléfono 915 53 00 71, un servicio que también se ofrecerá en otros 77 municipios del medio rural de la Comunidad.

 

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Novedades de la Campaña de la Renta 2024


Se amplía a los residentes en entidades locales menores, de población inferior a 5.000 habitantes que pertenezcan a grandes municipios, 130 entidades locales en total, la deducción incrementada por nacimiento o adopción en el medio rural.


Además, se ha establecido la compatibilidad de la deducción autonómica por adquisición de vehículos eléctricos enchufables (eléctricos puros, eléctricos con autonomía extendida e híbridos enchufables) con la aprobada por el Estado, y que con vigencia temporal ha prorrogado recientemente hasta finales de 2025, garantizando siempre que la cuantía total deducible por el contribuyente alcance hasta el importe autonómico de 4.000 euros, por ser mayor que el importe máximo estatal.

 

Nuevos medios de pago: BIZUM y tarjeta bancaria

 

CARLOS CARRIEDO


Recientemente la Junta de Castilla y León ha implementado nuevos medios de pago telemáticos para facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. A partir de ahora, los contribuyentes adheridos a la aplicación móvil BIZUM podrán abonar sus tributos autonómicos cuyo importe sea inferior a 3.000 euros a través de esta aplicación.


Asimismo, se ofrece la posibilidad de realizar el pago telemático de todos los tributos autonómicos de importe inferior a 3.000 euros mediante tarjeta de crédito o débito a través de la Oficina Virtual de Impuestos Autonómicos del Portal Tributario de la Junta de Castilla y León. Esta plataforma está disponible las 24 horas del día, los siete días de la semana, lo que otorga una gran flexibilidad para realizar pagos en cualquier momento.  


Esta opción de pago está disponible a través de todas las entidades bancarias que dispongan de este sistema y no generará ningún tipo de comisión para el usuario.


Se podrán utilizar en el pago de tributos autonómicos como el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, así como otras tasas y precios públicos.


La Consejería de Economía y Hacienda impulsa así la mejora continua de los servicios de atención y asistencia al contribuyente, avanzando hacia la modernización y simplificación del pago de los tributos autonómicos.


Además, se amplía a todos los tributos la opción de pago presencial con tarjeta bancaria, de crédito o débito, a través de datáfono (similar al pago en comercios) en los nueve Servicios Territoriales de Hacienda y en las 55 Oficinas Liquidadoras de Distrito Hipotecario para importes inferiores a 3.000 euros.

20 Deducciones autonómicas en el IRPF

 

CARLOS CARRIEDO (1)


-    Apoyo a la Familia
1.    Por nacimiento o adopción de hijos: Aplicándose 1.010 euros por el primer hijo, 1.475 euros por el segundo hijo y 2.351 euros si se trata del tercer hijo o sucesivos.

2.    Por partos o adopciones múltiples: Si los partos o adopciones son de dos hijos, adicionalmente un 50 % de la cantidad que corresponda por parto simple y si los partos o adopciones son de tres o más hijos, adicionalmente el 100 % de la cantidad que corresponda por parto simple. Además, deducción de 901 euros durante los dos años siguientes al nacimiento o adopción.

3.    Por gastos de adopción: 784 euros y 3.625 para adopciones internacionales.

4.    Por nacimiento o adopción de hijos con discapacidad: Las cantidades de los apartados 1 y 2 anteriores se duplicarán en caso de que el nacido o adoptado tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.

5.    Por discapacidad del contribuyente: Contribuyentes de 65 o más años, 656 euros, con grado de discapacidad igual o superior al 65 % y 300 euros para afectados con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %. Contribuyentes menores de 65 años afectados por un grado de discapacidad igual o superior al 65 %, 300 euros.

6.    Por adaptación de la vivienda habitual a personas con discapacidad: 15 % de la inversión con un límite máximo de 20.000 €, concurriendo determinados requisitos.

7.    Por familia numerosa: 600 euros por familia, con carácter general. Con cuatro descendientes que den derecho a la aplicación del mínimo por descendiente, 1.500 euros. Con cinco descendientes, 2500 euros.  A partir del sexto y sucesivos descendientes, la deducción anterior se incrementa en 1.000 euros adicionales. El importe deducible se incrementa en 600 euros cuando alguno de los cónyuges o miembros a los que sea de aplicación el mínimo por descendiente tenga un grado de discapacidad igual o superior al 65 %.

8.    Por cuidado de hijos menores de 4 años: 30 % de lo satisfecho a la persona empleada del hogar, con el límite de 322 euros, concurriendo determinados requisitos, o 100 % de determinados gastos en escuelas infantiles, centros y guarderías infantiles de la Comunidad de Castilla y León, concurriendo determinados requisitos con el límite de 1.320 euros.

9.    Por cuidado de hijos menores por empleados del hogar: 15 % de las cantidades satisfechas por cuotas a la Seguridad Social de un trabajador incluido en el Sistema Especial para Empleados del Hogar del Régimen General de la Seguridad Social, con un límite máximo de 300 euros.


-    Apoyo al Medio Rural

10.    Por nacimiento o adopción de hijos en el medio rural: Aplicable a los contribuyentes residentes en municipios o entidades locales menores cuya población no exceda de 5.000 habitantes, 1.420 euros por el primero, 2.070 euros por el segundo, 3.300 euros por el tercero y sucesivos. Aplicándose también lo establecido por partos o adopciones múltiples y por nacimiento o adopción de hijos con discapacidad del apartado de Apoyo a la familia.

11.    Por la adquisición o rehabilitación de vivienda por jóvenes en municipios o entidades locales menores del medio rural: 15 % de lo satisfecho por la adquisición o rehabilitación de viviendas de valor inferior a 150.000 euros, hasta 1.500 euros anuales.

12.    Por alquiler de vivienda habitual en municipio o entidad local menor del medio rural: 25 % del importe de las cantidades satisfechas con el límite de 612 euros, cuando la vivienda habitual esté situada en municipios o entidades locales menores del medio rural.

13.    Por rehabilitación de vivienda en municipio o entidad local menor del medio rural destinada al alquiler: 15 % de las cantidades invertidas con importe máximo de 20.000 euros, concurriendo determinados requisitos.

 

-    Apoyo a los Jóvenes

14.    Por alquiler de vivienda habitual: 20 % del importe de las cantidades satisfechas con el límite de 459 euros.

 

-    Apoyo a la Sostenibilidad

15.    Por inversión en instalaciones medioambientales en la vivienda habitual: 15 % de la inversión, con un límite máximo de 20.000 €.

16.    Para el fomento de la movilidad sostenible: 15 % de las cantidades destinadas a la adquisición de vehículos nuevos de energías alternativas más eficientes y sostenibles eléctrico puro, con autonomía extendida o híbrido enchufable con autonomía eléctrica de más de 40 km, con un límite de 4.000 euros concurriendo determinados requisitos como que el valor de adquisición del vehículo, impuestos incluidos, no puede superar 40.000 euros. Compatible con la deducción estatal.

 

-    Apoyo al Patrimonio Cultural y Natural

17.    Por cantidades donadas a fundaciones de Castilla y León: 15 % del importe de la donación concurriendo determinados requisitos.

18.    Por cantidades donadas para la recuperación del patrimonio cultural y natural: 15 % del importe de la donación concurriendo determinados requisitos.

 

-    Apoyo a la I+D+i

19.    Por cantidades donadas a universidades públicas de Castilla y León, fundaciones y otras instituciones para el fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación: 15 % del importe de la donación.

 

-    Apoyo al Emprendimiento

20.    Para el fomento del emprendimiento: 20 % de las cantidades invertidas en la adquisición de acciones o participaciones consecuencia de acuerdos de constitución de sociedades o ampliación del capital de sociedades anónimas, limitadas o laborales, por importe mínimo del 0,5 % y máximo del 45 % del capital de la sociedad, concurriendo determinados requisitos, con un importe máximo de la deducción de 10.000 euros.

 

Fuente: Diario de Valderrueda

Fotografía: Presentación de la campaña de la Renta 2024 - JCyL
 

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