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El Gobierno declara ilegal el toque de queda a las 20:00 de Castilla y León
sábado, 20 de abril de 2024, 11:04
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El Gobierno declara ilegal el toque de queda a las 20:00 de Castilla y León

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El Gobierno declara ilegal el toque de queda a las 20:00 de Castilla y León.

El Ministerio de Sanidad señala que en el marco del actual decreto de estado de alarma, no cabe esa restricción.


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Ojo porque hay polémica y de las gordas.


Sobre el anuncio de la Junta de Castilla y Leóne este viernes de restringir la libre circulación en horario nocturno a partir de las 20:00 horas (toque de queda), desde la Comunicación del Ministerio de Sanidad se ha señalado hace unos minutos que en el marco del actual decreto de estado de alarma, no cabe esa restricción.


En todo caso, el articulo 10 del RD del estado de alarma establece la obligación de comunicar previamente al Ministerio de Sanidad las medidas que dicta el presidente de cada Comunidad Autónoma, en este caso Castilla y León como autoridad delegada.


El presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco, se ha reunido hoy vía telemática con los alcaldes de municipios de más de 20.000 habitantes y los presidentes de las diputaciones provinciales, a quienes ha trasladado la necesidad de dar un paso más en la lucha contra la pandemia, adoptando una serie de medidas más restrictivas para las personas, dada la situación muy grave y excepcional en la que se encuentra la Comunidad. Todo ello, según ha explicado Fernández Mañueco, con el objetivo último de proteger la salud de los ciudadanos, contener la progresión de la enfermedad y evitar el colapso del sistema de salud de Castilla y León.


Así, el presidente ha avanzado la necesidad de proceder a la limitación de la entrada y salida de personas del territorio de cada una de las provincias de Castilla y León, salvo para todos aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los motivos exceptuados. Entre ellos, figuran la asistencia a centros y servicios sanitarios, el cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales y legales, la asistencia a centros universitarios y educativos o el retorno al lugar de residencia habitual o familiar.


En segundo lugar, y con el fin de reducir temporalmente la movilidad de las personas lo más posible, adoptará un nuevo acuerdo relativo las horas de comienzo y finalización de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno, el llamado “toque de queda”. Así, la Junta fijará en todo el territorio de la Comunidad de Castilla y León las 20.00 horas para el comienzo de la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno, cuya finalización seguirá siendo las 6.00 horas. Durante las horas comprendidas durante este toque de queda las personas únicamente podrán circular por las vías o espacios de usos público para la realización de las actividades autorizadas previstas en el Real Decreto 926/2020 sobre el estado de alarma, así como para la asistencia a la actividad lectiva presencial de los centros docentes.


En tercer lugar, el presidente ha anunciado la limitación de la permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados a un número máximo de cuatro personas, salvo que se trate de convivientes, lo que se espera reduzca de manera muy significativa la movilidad e interacción social. Esta medida no afecta a la confluencia de personas en instalaciones y establecimientos abiertos al público que cuenten con un régimen específico de medidas de prevención y control aprobado por la autoridad sanitaria, ni tampoco a las actividades laborales ni institucionales.


En este sentido, también se reducirá en toda Castilla y León el aforo para las reuniones, celebraciones y encuentros religiosos, de manera que no se supere un tercio de su aforo, con un máximo de 25 personas


Fuente: Diario de Valderrueda

Fotografía: JCYL


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