El TSJCyL anula la autorización para instalar la planta de compostaje de Reliegos (León)
El TSJCyL anula la autorización para instalar la planta de compostaje de Reliegos (León).
Admite el recurso de la Asociación Medio Ambiental del Valle de Valdearcos contra la resolución de la Junta de 2020.
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha anulado la autorización ambiental para la instalación de una planta de compostaje de lodos en Reliegos de las Matas (León). La justicia admite el recurso de la Asociación Medio Ambiental del Valle de Valdearcos contra la resolución por la que la Junta concedía la autorización para el proyecto en 2020.
Desde el despacho de abogados que representa a la Asociación, Abraira Abogados, afirman que la sentencia puede ser recurrida por la Junta ante el Tribunal Supremo en el plazo de 30 días, pero señalan que, en el supuesto de que decidieran recurrir, "las posibilidades de admisión a trámite de los recursos contenciosos es ínfima" y en caso de que se admitiera explican que la sentencia está muy bien fundamentada, por lo que consideran "que no sería modificada por el TS".
El pueblo de Reliegos contra el "gigante" Goliat; el compromiso, la nobleza, el tesón y la perseverancia de una pequeña Junta Vecinal y sus humildes vecinos contra una firme Resolución de la Junta de Castilla y León.
Desde la Asociación Medio Ambiental del Valle de Valdearcos están muy satisfechos con la resolución de este asunto, que consideraban un 'David contra Goliat', "el compromiso, la nobleza, el tesón y la perseverancia de una pequeña Junta Vecinal y sus humildes vecinos contra una firme Resolución de la Junta de Castilla y León".
Hay que recordar que, aunque el Ayuntamiento de Santa Martas también recurrió la resolución de la Junta, la sentencia del TSJCyL corresponde al presentado por los propios vecinos. De hecho, ponen de manifiesto que el Consistorio motivó la autorización ambiental puesto que cambió de criterio, en un primer momento indicaron que la construcción de la planta no era compatible y a posteriori indicó que sí lo era.
Por tanto, aunque el Ayuntamiento quisiera volver a cambiar de criterio, los vecinos tienen la sentencia a su favor y tal cambio no tendría efecto alguno, pues prevalecen, como es lógico, las sentencias judiciales.
Fuente: Diario de Valderrueda
Fotografía: Reliegos - Google Maps
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