Diario de Valderrueda
El Ayuntamiento de Acebedo impulsa una bolsa de empleo para la campaña invernal
viernes, 19 de abril de 2024, 12:48
EMPLEO - MONTAÑA LEONESA

El Ayuntamiento de Acebedo impulsa una bolsa de empleo para la campaña invernal

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El Ayuntamiento de Acebedo impulsa una bolsa de empleo para la campaña invernal 2019-2020.

Se trata de un proceso selectivo para la contratación de un conductor del tractor quitanieves del municipio.


Acebedo aerea



El Ayuntamiento de Acebedo, en la Montaña de Riaño y Mampodre, oferta una bolsa de empleo temporal para una plaza de conductor de tractor quitanieves para la campaña invernal 2019-2020.


Por resolución de alcaldía de fecha 5 de noviembre de 2019, se aprobaron las bases del

proceso selectivo para constituir una bolsa de empleo para la contratación de un conductor del tractor quitanieves municipal, modalidad de contrato laboral por obra o servicio determinado.


El personal a contratar será eventual y se le será de aplicación el convenio colectivo de

Edificación y obras de León.


1.- Procedimiento selectivo, concurso de méritos.


2.- Condiciones específicas.


Es objetivo de la presente convocatoria proceder a la constitución de una bolsa de empleo para la contratación de un trabajador en la categoría de oficial de 1.ª en la modalidad contractual de contrato por obra o servicio determinado, para las funciones de conductor del tractor quitanieves municipal durante la campaña invernal 2019-2020.

La jornada será parcial de lunes a domingo a tiempo parcial o completo y con horario flexible, en turnos confeccionados adaptándose a las necesidades del servicio, durante 3 meses, ampliable en función de la climatología.

Se justifica la contratación en la necesidad de disponer de personal capacitado para el ejercicio de las funciones mencionadas durante la campaña invernal 2019-2020, dadas las condiciones climatológicas.


3.- Funciones a desarrollar.


3.1.- Mantenimiento de la vialidad invernal en las vías públicas del municipio de acebedo.

3.2.- Mantenimiento, conservación y limpieza del material de trabajo, tractor quitanieves y

equipamiento del mismo.

3.3.- cualesquiera otras análogas a las anteriores que se dispongan por la alcaldía.


4.- requisitos de los aspirantes.


Los interesados deben reunir los siguientes requisitos:

a) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación.

b) No encontrarse incurso en alguna de las causas que inhabilita para contratar con la administración ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones Públicas.

c) Superar el reconocimiento médico pertinente, en la entidad designada por el ayuntamiento de acebedo, que le habilite para el ejercicio del puesto requerido,demostrando su idoneidad para el mismo. Si del resultado del reconocimiento se deduce la imposibilidad del candidato para el desempeño del puesto de trabajo no podrá formalizarse el contrato con el aspirante seleccionado, no pudiendo ser llamado mientras persista la incapacidad.

d) Permiso de conducir B.


5.- Admisión de aspirantes


La presentación de solicitudes para tomar parte en el procedimiento, se realizará durante un

plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín oficial www.dipuleon.es/bop boletin@dipuleon.es, en el registro Presencial en este ayuntamiento, en horario de oficina, o mediante registro electrónico en la sede electrónica.

Se recibirá también a los aspirantes seleccionados por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León según oferta girada al efecto por este ayuntamiento a la oficina correspondiente.

Las solicitudes deberán venir acompañadas de fotocopia de DNI, fotocopia del carnet de

conducir, así como la documentación acreditativa referenciada en el punto 7 de estas Bases, objeto de valoración de méritos.

Los candidatos deberán figurar inscritos como demandantes de empleo y/o mejora de empleo.

Los candidatos deberán acudir a la entrevista que se concierte, acompañados de su DNI o

documento que acredite su identidad.


6.- Tribunal de selección


La selección de aspirantes se llevará a cabo por un Tribunal conforme a la valoración de méritos fijada en las presentes Bases. El Tribunal estará constituido por un presidente (funcionario del ayuntamiento de Riaño), un vocal (personal laboral del ayuntamiento de acebedo) y el secretario (el de la corporación o miembro de la misma en quien delegue).

En caso de vacante, ausencia o enfermedad de algún miembro del Tribunal, se solicitará la

asistencia del SAM de Diputación Provincial de León.


7.- Valoración de méritos


Se valorarán en el concurso los siguientes méritos, que deberán presentarse mediante documentos justificativos, junto con la solicitud en los plazos establecidos en el punto 5 de estas Bases, para su valoración.

Las puntuaciones correspondientes a los méritos aportados será la siguiente, siendo la puntuación máxima 100 puntos.

7.1.- Experiencia. Máximo 25 puntos.

- Por cada 6 meses trabajados como peón especialista, oficial o cualquier otra categoría superior del convenio de la construcción: 1 punto.

Se acreditarán los méritos alegados con contrato de trabajo, nómina o informe de vida laboral donde se refleje claramente la categoría del puesto de trabajo desarrollado, así como el ejercicio de la actividad laboral en los sectores indicados.

7.2.- formación complementaria. Máximo 13 puntos. Se valorarán los siguientes cursos y títulos:

7.2.1.-Estar en posesión de algún curso en Prevención de riesgos Laborales del sector de la

construcción con un mínimo de 20 horas: 1 punto por curso. Máximo 2 puntos.

7.2.2.-Haber realizado cursos relacionados con el puesto de trabajo ofertado, peón especialista, oficial o cualquier otra categoría superior del convenio de la construcción: 1 puntos por curso, máximo 6 puntos.

7.2.3.- Por estar en posesión de la licencia de vehículo agrícola o curso de operador de vehículo agrícola. 5 puntos.

7.3.- otros méritos. 62 puntos máximo

7.3.1.-Por motivos de urgencia de prestación del servicio, residir en una localidad que diste

como máximo 5 km de la localidad de acebedo, que es la estación base de prestación del servicio 30 puntos. Se justificará con certificado de empadronamiento, en el que figure una antigüedad de al menos seis meses.

7.3.2- Por acreditar cargas familiares (hijos, cónyuge a cargo...). máximo 10 puntos. Se concederán 3 puntos por cada miembro de unidad familiar a su cargo. Deberá justificarse que el cónyuge o descendientes no perciben rentas/ingresos de cualquier naturaleza a través de la declaración anual de IRPF.

7.3.3- Por acreditar no percibir ninguna prestación o subsidio de desempleo, rentas, ingresos, prestaciones contributivas o no, subsidios o salarios de cualquier naturaleza:

10 puntos. Se acreditará mediante certificado expedido por la oficina de empleo, certificado de gerencia de Servicios Sociales y certificados de la Seguridad Social que acrediten esta condición.

7.3.4.- Tiempo desempleado. 0.10 puntos por mes de desempleo hasta un máximo de 2 puntos.

7.3.5.- Entrevista personal y prueba práctica:

-Se llevará a cabo una entrevista personal que se valorará hasta un máximo de 5 puntos.

-Se realizará una pequeña prueba práctica consistente en la ejecución de dos maniobras con el tractor, que se valorará hasta un máximo de 5 puntos.

La no realización de alguna de las maniobras propuestas por el Tribunal será motivo de exclusión de la selección.


8.- Resultado de la selección.


Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal calificador publicará en el tablón de anuncios

del ayuntamiento y en la sede electrónica https://acebedo.sedelectronica.es/) la relación de

aspirantes, con indicación de las puntuaciones obtenidas, en su caso, la causa de exclusión, y el orden en la bolsa de empleo que se cree al efecto, concediendo un plazo de 3 días hábiles para presentar las alegaciones que se estimen oportunas.

finalizado el plazo concedido, resueltas las alegaciones (en su caso), se procederá a publicar la relación definitiva de aspirantes.

De producirse un empate en la puntuación total, el orden se resolverá atendiendo a los puntos obtenidos de la suma del baremo de méritos de la base 7.1 y 7.2 de presente convocatoria.

La resolución que apruebe la relación definitiva de aspirantes que integren la bolsa de empleo se publicará en el tablón de anuncios del ayuntamiento y en la sede electrónica https://acebedo.sedelectronica.es/).


9.- Funcionamiento de la bolsa de empleo.


9.1.- Procedimiento: con independencia del tipo de nombramiento que se realice, el llamamiento se efectuará teniendo en cuenta el orden que ocupe el interesado en la bolsa de empleo correspondiente.

9.2.- Exclusión de la bolsa de empleo. Son motivos de exclusión de la bolsa de empleo:

- La no aceptación de la oferta de trabajo

- La renuncia, durante la prestación del servicio, al contrato de trabajo o nombramiento en

vigor.

- El despido del trabajador en cualquiera de sus modalidades.

- Haber sido sancionado por falta grave o muy grave en aplicación del régimen disciplinario

correspondiente.

- La no contestación en el plazo de un día hábil al llamamiento correspondiente.

- No superar el reconocimiento médico

- No cumplir los requisitos legales o reglamentarios que se establezcan para el desempeño

del puesto de trabajo.


10.- Período de prueba.


Se establece un período de prueba según normativa vigente.


11.- Duración del contrato.


Se establece una duración estimada de 3 meses, ampliables en función de la climatología.

contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso de reposición con carácter potestativo o impugnarlo directamente ante la jurisdicción contenciosa administrativa. En el supuesto de que se interponga el recurso de reposición se hará ante el órgano municipal que dicto el acto en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al que tuvo lugar la notificación publicación del acto en el Boletín oficial DE La Provincia DE León. Su interposición impedirá hasta su resolución expresa o presunta la utilización de la vía contenciosa administrativa de conformidad con lo que dispone la legislación de procedimiento administrativo. En el supuesto que se decida interponer el recurso contencioso directamente deberá efectuarse en el plazo de dos meses a contar desde el siguiente a la publicación en el Boletín oficial DE La Provincia DE León del acto administrativo que se impugna.”


Fuente: Diario de Valderrueda

Fotografía: Ayuntamiento de Acebedo


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