Diario de Valderrueda
SENTENCIA: 22 años para Montserrat y 20 para su hija Triana por asesinar a Carrasco
viernes, 29 de marzo de 2024, 11:16
JUICIO CRIMEN DE ISABEL CARRASCO - SENTENCIA

SENTENCIA: 22 años para Montserrat y 20 para su hija Triana por asesinar a Carrasco

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Montserrat González y Triana Martínez, madre e hija, cumplirán 22 años y 20 años respectivamente de prisión por el crimen de Isabel Carrasco, según la sentencia que se ha hecho pública este jueves por parte de la Audiencia Provincial de León.


monserrat y triana ddv


Montserrat González


Según el fallo hecho público se acuerda condenar a Montserrat Ascensión González "como autora de un delito de asesinato, previsto y penado en el artículo 139, circunstancia 1ª (alevosía), del Código Penal, en su redacción anterior a la actualmente vigente tras la reforma efectuada por la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de Marzo, en concurso ideal del artículo 77 del Código Penal con un delito de atentado a la Autoridad, agravado por uso de arma de fuego, previsto y penado en los artículos 550, 551.1 y 552, circunstancia 1ª del Código Penal, en su redacción anterior a la modificación efectuada por la Ley Orgánica 1/2.015, de 30 de Marzo, concurriendo la agravante de disfraz y la atenuante de reparación parcial del daño, a la pena de 19 años de prisión".


A ello se suma el "abono del tiempo que ha pasado en situación de prisión provisional, accesoria de inhabilitación absoluta durante el tiempo de condena y prohibición de aproximación a Doña Loreto Rodríguez Carrasco y Don Jesús Luis López-Brea Fernández en cualquier lugar en que se encuentren o de comunicar con ellos por cualquier medio durante 25 años".


Igualmente se condena a la acusada a por "un delito agravado de tenencia ilícita de armas, previsto y penado en el artículo 564.1.1º y 2.1ª del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de tres años de prisión, con abono del tiempo que ha pasado en situación de prisión provisional, y accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena".



Triana Martínez



Igualmente se condena a Triana Martínez como cooperadora necesaria "de un delito de asesinato, previsto y penado en el artículo 139, circunstancia 1ª (alevosía), del Código Penal, en su redacción anterior a la actualmente vigente tras la reforma efectuada por la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de Marzo, en concurso ideal del artículo 77 del Código Penal con un delito de atentado a la Autoridad, agravado por uso de arma de fuego, previsto y penado en los artículos 550, 551.1 y 552, circunstancia 1ª del Código Penal, en su redacción anterior a la modificación efectuada por la Ley Orgánica 1/2.015, de 30 de Marzo, concurriendo la agravante de disfraz y la atenuante de reparación parcial del daño, a la pena de 17 años y seis meses de prisión, con abono del tiempo que ha pasado en situación de prisión provisional, accesoria de inhabilitación absoluta durante el tiempo de condena y prohibición de aproximación a Doña Loreto Rodríguez Carrasco y Don Jesús Luis López-Brea Fernández en cualquier lugar en que se encuentren o de comunicar con ellos por cualquier medio durante 25 años".


A esa condena se suma una pena como "comoautora de un delito agravado de tenencia ilícita de armas, previsto y penado en el artículo 564.1.1º y 2.1ª del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de dos años y seis meses de prisión, con abono del tiempo que ha pasado en situación de prisión provisional, y accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena".


Fuente: leonoticias.com , A. Cubillas / @And_Cubillas

Fotografía: leonoticias.com


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